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DEFENDEMOS LA LIBERTAD DE CONCIENCIA Y DE RELIGIÓN

Los derechos humanos son innatos al ser humano, son solemne, excelso fuera del alcance o entendimiento de mente humana, Sobre el libre ejercicio de practicar o ejercer estos derechos sobrenaturales, nadie debería atreverse ni puede restringir, ni manipular, suspender la libertad de los derechos humanos, ni por vías o medios indirectos, tales como el abuso de controles oficiales o particulares de papel para periódicos, de frecuencias radioeléctricas, o de enseres y aparatos usados en la difusión de información o por cualesquiera otros medios encaminados a impedir la comunicación y la circulación de ideas, religión, conciencia y opiniones, ni con medidas restrictivas que puedan menoscabar la libertad de practicar o ejercer derechos garantizados a toda persona, el derecho a La libertad de conciencia, pensamiento, expresión, de religión y desarrollo de su persona, entre otros. Estos derechos implican la libertad de practicar, buscar, recibir difundir informaciones e ideas de religión, o creencias, individual o colectivamente, tanto en público como en privado. Dentro o fuera de los templos, porque la conciencia y la religión para nosotros es lucides del alma, donde nadie tiene, en la capacidad humana de comprender ni valorar, mucho menos controlar o manipular, más que su creador, Por esa razón todas las autoridades tienen la doble obligación como humanos y como autoridades de reconocer, respetar y promover todos los derechos naturales: La Barra Nacional de Abogados Cristianos AC. Y Como mexicanos y abogados Nos esforzaremos para crear la cultura, hasta lograr sea lo común de todas las autoridades de cumplir con la obligación que tienen de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad con los principios que más favorezcan a la sociedad religiosa, así como la facilidad y libertad de difundir sus creencias, por cualquier medio de comunicación, sin medidas restrictivas que puedan menoscabar la libertad de conservar o difundir su religión o creencias, La libertad de manifestarlo está sujeta únicamente a las limitaciones prescritas por la ley y que sean necesarias para proteger la seguridad, el orden, la salud o la moral públicos o los derechos o libertades de los demás.